La dimensión canónica del Documento Final del Sínodo sobre la Sinodalidad

Artículo publicado en Blog Buena Prensa el 21 de julio de 2025.
Por Pbro. Dr. José San José Prisco*
Aunque el Documento Final no es un documento “estrictamente normativo” y que “su aplicación requerirá diversas mediaciones”, como bien ha señalado el papa Francisco, que lo ha asumido como magisterio pontificio, contiene algunas propuestas que deberían reflejarse en la codificación canónica, ya sea modificando algunos cánones o insertando nuevas normas. En cualquier caso, habrá que esperar a las conclusiones de los grupos de estudio creados por el papa Francisco y confirmados por el papa León XIV, cuyos trabajos se prolongarán hasta diciembre del presente año 2025, y a las conclusiones que el Dicasterio para los Textos Legislativos extraiga de los resultados de los trabajos de la Comisión de Canonistas.
Entre los cambios directamente señalados en el Documento Final está el de hacer de los consejos pastorales un instrumento necesario en el gobierno de la diócesis y de las parroquias, de modo que sean obligatorios. Una Iglesia sinodal se basa en la existencia, eficacia y vitalidad real de los órganos de participación, asegurando su funcionamiento según las normas canónicas y respetando sus estatutos, adaptando los reglamentos a los diversos contextos locales (DF 104). Es oportuno intervenir sobre el funcionamiento de estos organismos, a partir de la adopción de una metodología sinodal de trabajo donde la conversación en el Espíritu, con las oportunas adaptaciones, pueda ser un punto de referencia (DF 105).
El Sínodo reafirmó que el derecho vigente exige que la autoridad pastoral consulte antes de tomar decisiones (cf. CIC, canon 127, § 2, 2), escuchando a los consultados y no ignorando sus aportaciones. El pastor sólo puede apartarse del consenso alcanzado por una razón imperiosa, que debe expresarse adecuadamente para no causar desafección entre los consultados (DF 91). Se trata, en suma, de activar un proceso de discernimiento eclesial del que surgirá la decisión final, estableciendo así mismo un tiempo de recepción en la comunidad para su posterior verificación y evaluación (DF 84). Se propone dar más valor al sínodo diocesano como espacio de consulta, escucha y discernimiento para las decisiones importantes de la Iglesia local (DF 108).
Para asegurar una mayor participación de los laicos en la Iglesia, es necesario promover su implicación en los procesos de toma de decisiones y permitirles el acceso a puestos de responsabilidad. También debe incluirse una mayor pluralidad de fieles en los cánones que se refieren a la composición de los órganos de participación del sínodo [c. 463], de los consejos pastorales [cc. 512, 536], de los consejos particulares [c. 443]), para favorecer una mayor participación de las mujeres, de los jóvenes y de quienes viven en condiciones de pobreza o marginación (DF 106). También se requiere el reconocimiento del valor de las personas consagradas, el aumento de laicos cualificados en funciones judiciales y el respeto de los derechos de los empleados de la Iglesia (DF 77).
Como ya subrayó el Concilio Vaticano II (LG 32; GS 49, 61), y se recoge en el Código de Derecho (c. 208), el bautismo confiere igual dignidad a hombres y mujeres en el Pueblo de Dios. Las mujeres participan activamente en la teología y ocupan puestos de responsabilidad en la Iglesia. La Asamblea pide que se implementen oportunidades para su participación, examinando el acceso al ministerio diaconal y mejorando el lenguaje en la comunicación de la Iglesia (DF 60).
Queda mucho camino por recorrer, pero estamos en la senda correcta. Todo el proceso de “sinodalización” de las estructuras eclesiales iniciado por el papa Francisco y continuado por el papa León XIV, representa un impulso para la tan reclamada “nueva evangelización”, una oportunidad para repensar nuestras relaciones y rediseñar la misión compartida, para ser testigos más veraces del Evangelio en medio del mundo.
*Decano de la Facultad de Derecho Canónico de la Universidad Pontificia de Salamanca (España)